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Deducción por aportación al Plan Personal de Retiro para Personas Físicas

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Si tienes un plan personal de retiro (PPR) es importante que sepas que puedes deducir las aportaciones efectuadas en el ejercicio en tu declaración anual.
NORMATIVIDAD: Art. 151, fracción V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Se consideran planes personales de retiro, aquellas cuentas o canales de inversión, que se establezcan con el único fin de recibir y administrar recursos destinados exclusivamente para ser utilizados cuando el titular llegue a la edad de 65 años o en los casos de invalidez o incapacidad del titular para realizar un trabajo personal remunerado de conformidad con las leyes de seguridad social, siempre que sean administrados en cuentas individualizadas por instituciones establecidas.
Cada año el SAT publica un listado de instituciones autorizadas para administrar planes personales de retiro.
Para 2022, las personas físicas pueden deducir sus contribuciones a los Planes Personales de Retiro, o a subcuentas e ahorro voluntario en su Afore, hasta el 10% de sus ingresos, sin exceder de 5 salarios mínimos generales elevados al año, es decir, hasta $175,505 pesos, de estas dos opciones, la que sea menor.
Con la reciente actualización a la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente para el ejercicio 2023, el nuevo monto máximo que se puede aportar y deducir a un plan personal de retiro (PPR) asciende a $189,222, o aplicando el porcentaje mencionado anteriormente, teniendo en consideración que se tomará el que sea menor.

Es importante que, antes de presentar tu declaración anual, solicites la constancia de tus aportaciones efectuadas durante el ejercicio, ya que servirá como base para efectuar la deducción.