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¿Quién está exento en la Declaración Anual 2025?

aquién está exdento de la declaración anual 2025

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) entro en vigor el 1ro de enero del 2022 con la finalidad de simplificar el pago de ISR con tasas menores a diferencia de otros regímenes de personas físicas.

NORMATIVIDAD: La Resolución Miscelánea Fiscal 2024 (RMISC) cuarta versión
anticipada Anexo 1 y 1-A.

En la 4ta versión anticipada de la RMISC se propone que las personas físicas con arrendamiento, actividad empresarial, profesionales no presenten su declaración anual en abril del 2025, pero hay que tomar en cuenta las obligaciones que deberán cumplir para poder gozar de dicha facilidad:

  • Expedir y conservar los CFDIs de sus clientes.
  • Contar con firma electrónica y buzón tributario activos.
  • Que sus ingresos no superen los 3.5 millones de pesos anules
  • Presentar la declaración mensual de impuestos a más tardar el día 17 del
    mes inmediato posterior y cumplir con el pago en tiempo.
  • Realizar las retenciones por conceptos de salarios y calcular mensualmente
    el entero de la retención del ISR de sus trabajadores.
  • Determinar la PTU de los trabajadores.

  • Esta versión de igual forma nos comunica que las personas que fueron expulsadas de RESICO por incumplimiento podrán volver a tributar en este régimen, tendrán que presentar una aclaración en la página del SAT mencionando el cambio de régimen a más tardar el día 31 de diciembre de 2024, se deberá de tomar en cuenta que no hayas superado los 3.5 millones de pesos por el año transcurrido.

RESICO es un régimen que da facilidades a los contribuyentes para el pago de impuestos con tasas menores, actualmente ya solo se tiene la obligación de presentar las declaraciones mensuales correspondientes (Regla 3.13.7).