¿Sabías que, la reducción de la jornada laboral no es un tema nuevo y que desde hace poco más de 60 años la Organización Internacional del Trabajo (OIT) cuenta con directrices para que los países implementen una política pública para disminuir gradualmente el límite legal de horas de trabajo. La meta ideal es llegar a 40 horas semanales?
El pasado 01 de mayo de 2025, Marath Bolaños, secretario del Trabajo y Previsión Social (STPS), durante la Asamblea Ordinaria de la CTM mencionó que, “la reducción de la jornada laboral avanzará de manera paulatina y que, para llevar a cabo esta Reforma, se prevé un dialogo constante con las empresas y con los sindicatos”
Al momento, todos los proyectos de reforma constitucional que buscan establecer dos días de descanso por cada cinco de trabajo; en términos prácticos, una disminución de 48 a 40 horas en la semana laboral. Prácticamente todas las propuestas han contemplado un periodo de transición.
Esta gradualidad esta prevista por la “R116 – Recomendación sobre la reducción de la duración del trabajo, 1962 (núm. 116) emitida desde hace más de 60 años por la OIT” y establece como principios generales los siguientes:
La duración normal del trabajo deberá reducirse progresivamente, cuando sea apropiado, sin disminución alguna del salario que los trabajadores estén percibiendo en el momento en que se reduzca la duración del trabajo.
La reducción de la jornada no debe disminuir la producción total ni la productividad, ni debe poner en peligro la expansión económica del país, el desarrollo de nuevas industrias o su capacidad de competir en el comercio internacional; ni debe provocar presiones inflacionarias, cuyo resultado sería en último término, la disminución de las ganancias reales de los trabajadores.
Debe lograr el progreso y beneficiarse del aumento de la productividad, gracias a la aplicación de la tecnología moderna, de la automatización y de las técnicas de dirección que contribuyan a la mejora del rendimiento de los trabajadores.
Para la reducción progresiva de la jornada laboral podrán adoptarse alguna de las formas siguientes:
(a) etapas espaciadas en el tiempo;
(b) etapas que engloben progresivamente ramas o sectores de la economía nacional;
(c) una combinación de las dos fórmulas precedentes; o
(d) cualquier otra fórmula que resulte ser la más apropiada a las condiciones nacionales y a las condiciones de cada sector de la actividad económica.
Al aplicar medidas para reducir progresivamente la duración del trabajo, se debe dar prioridad a las industrias y ocupaciones que entrañen un esfuerzo físico o mental especial o un riesgo para la salud de los trabajadores interesados, especialmente cuando la mano de obra empleada esté integrada principalmente por mujeres y jóvenes.
Fuente: Recomendación R116 – Recomendación sobre la reducción de la duración del trabajo, 1962 (núm. 116)
Tal y como se ha mencionado en los diversos medios y derivado del anuncio por parte del Secretario del Trabajo y Previsión Social, la reducción de la jornada será progresiva y se atenderá la situación económica del país y a las recomendaciones de la OIT.
En González Chevez consideramos que para llevara cabo, dichas recomendaciones, será necesario aumentar la productividad, aplicar tecnología moderna, automatizar procesos y mejorar las técnicas de dirección que contribuyan a la mejora del rendimiento y desempeño de los trabajadores.