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Declaración anual ISR personas morales: DAISIR

La Declaración Anual del ejercicio para las personas que tributan en el Titulo II ‘’De las Personas Morales’’ es una obligación establecida en el artículo 76, fracción V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), la cual debe ser elaborada y presentada a través del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) dentro de los tres meses siguientes a la fecha de término del ejercicio.

La declaración para el ejercicio 2023 ya cuenta con una precarga de información en algunos apartados dentro de los cuales se encuentran los siguientes:

  • ❖ En el apartado de ‘’Ingresos’’ de la declaración anual en el rubro de ‘’Ingresos nominales’’ encontramos la precarga de los ingresos nominales declarados durante el ejercicio 2023.
  • ❖ En el apartado de ‘’Deducciones autorizadas’’ de la declaración anual en el rubro de «Gastos’’ se encuentra precargados los honorarios pagados a personas físicas o RESICO, así como el pago de las retenciones de Impuesto Sobre la Renta (ISR) efectuadas durante el ejercicio 2023.
  • ❖ En el mismo apartado del punto anterior en el rubro de sueldos y salarios encontramos la precarga de los CFDI ́s de nómina timbrados durante el ejercicio 2023, así como el ISR retenido y enterado. En este mismo apartado en caso de se hayan emitido CFDI ́s por concepto de Asimilados a Salarios durante el ejercicio se muestra asimismo el
  • importe con su respectivo ISR.
  • ❖ En el apartado de ‘’Determinación’’ en el rubro de pagos provisionales e ISR retenido al contribuyente encontramos precargados los pagos provisiones efectuados durante el ejercicio 2023. Dentro de este mismo apartado encontramos precargada la PTU pagada en el ejercicio, obtenida de los CFDI ́s de nómina.
  • ❖ Asimismo, encontramos precarga de información de ejercicios anteriores como es el caso de las Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, la cual se encuentra en el apartado de ‘’Determinación’’.

Recordemos que tenemos hasta el 1° de Abril para cumplir con esta obligación.


En González Chevez podemos ayudarte con la elaboración o supervisión de tu cierre fiscal para darte certeza de el correcto cumplimiento de esta obligación.