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Aún tienes tiempo – Nuevas notificaciones en el buzón tributario

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A partir del 31 de diciembre 2024, autoridades fiscales distintas al SAT, como Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), así como otras autoridades de la administración centralizada del gobierno federal, estatal o municipal, podrán hacer uso del buzón tributario como medio de comunicación.

Establecido mediante el tercer transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal de 2024 publicada en el Diario Oficial de la Nación y de acuerdo con el articulo 17-K del Código Fiscal de la Federación.

Tras la publicación de la RMF de 2024 se vuelve a incluir la obligación de habilitar el buzón tributario, esto para personas físicas y morales inscritas en el registro federal de contribuyentes, con el objetivo de que la autoridad fiscal realice las notificaciones de cualquier acto o resolución administrativa y se adiciona una razón más para hacerlo de inmediato.

Este año se estableció en el tercer transitorio de la resolución miscelánea fiscal que a partir del 31 de diciembre de 2024, las autoridades fiscales distintas al SAT, como Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Procuraduría Federal del Consumidor, CONAGUA, así como las autoridades que ejercen la facultad de fiscalización en las entidades federativas, podrán hacer uso del buzón tributario para la notificación electrónica de los actos o resoluciones administrativas que emitan en documentos digitales, incluyendo aquellas que puedan ser recurribles, por lo que de acuerdo con el artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, la infracción por la no habilitación del Buzón Tributario, el no registro o la no actualización de los medios de contacto, será una multa de $3,420.00 a $10,260.00.

En González Chevez procuramos que nuestros clientes cumplan con las obligaciones fiscales vigentes que tienen como contribuyentes. Por lo que podemos apoyarte en la habilitación de tu buzón tributario y la actualización de tus medios de contacto.