En México, hay aproximadamente 2.3 millones de personas identificadas como trabajadoras del hogar, quienes diariamente cumplen con sus labores y en muchas ocasiones sin derechos y condiciones de trabajo dignas. Las modificaciones más recientes a la Ley del Seguro Social fueron publicadas el pasado 16 de noviembre de 2022 para que las y los empleados domésticos tengan seguridad social.
Una persona trabajadora del hogar es aquella que de manera remunerada realiza actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar en el marco de una relación laboral que no importe para la persona empleadora beneficio económico directo, conforme a las horas diarias o jornadas semanales establecidas en la ley, en cualquiera de las siguientes modalidades:
Dentro de los beneficios que busca la modificación a la ley son:
• Servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica.
• Incapacidades.
• Pensión por invalidez y vida.
• Fondo para el retiro.
• Prestaciones sociales dentro de las que se encuentran velatorios y
guarderías.
Con esta reforma a la Ley del Seguro Social y la Ley Federal del Trabajo, González Chevez y Cia, SC, te puede apoyar con la identificación y en su caso inscripción de tu trabajadora del hogar para el pago de las cuotas obreras – patronales por los días que trabajará tu empleada doméstica o en su caso por el mes completo que te prestará sus servicios.