El 27 de marzo de 2026 entraron en vigor modificaciones al Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), fortaleciendo las obligaciones en materia de prevención de lavado de dinero (PLD/FT).
Los cambios impactan directamente a empresas, profesionistas y personas que realizan actividades vulnerables, especialmente aquellas relacionadas con activos digitales, plataformas tecnológicas y estructuras corporativas complejas.
Entre las principales modificaciones destacan:
- Nuevas reglas para identificar al Beneficiario Controlador.
- Incorporación de actividades digitales como actividades vulnerables.
- Reducción de tiempos para presentar avisos.
- Mayor responsabilidad para el Oficial de Cumplimiento.
- Implementación obligatoria de un Enfoque Basado en Riesgo (EBR).
¿Por qué se actualizó el Reglamento de la LFPIORPI?
Desde la publicación original del Reglamento, el entorno empresarial cambió significativamente debido al crecimiento del comercio electrónico, las plataformas Fintech, los activos virtuales y las nuevas formas de hacer negocios.
La reforma busca actualizar el marco regulatorio mexicano y alinearlo con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), fortaleciendo la transparencia y el combate al lavado de dinero y al financiamiento al terrorismo.
Cambios en el Beneficiario Controlador
Uno de los aspectos más relevantes de la reforma es la actualización de los criterios para identificar al Beneficiario Controlador. Ahora deberán identificarse las personas físicas que:
Posean más del 15 % del capital
El porcentaje mínimo baja del 25 % al 15 %, ampliando el universo de personas que deberán identificarse. Ejerzan control efectivo
También será Beneficiario Controlador quien tenga la capacidad de:
- nombrar o remover a la mayoría del consejo;
- dirigir decisiones estratégicas;
- controlar la administración de la empresa.
Fideicomisos y estructuras complejas
Se fortalece la obligación de identificar formalmente a:
- fideicomitentes;
- fiduciarios;
- fideicomisarios;
- integrantes de comités técnicos.
Además, el expediente deberá actualizarse dentro de los 15 días hábiles posteriores a cualquier modificación en la estructura corporativa.
Nuevas actividades vulnerables en la economía digital
La reforma incorpora actividades que anteriormente no estaban reguladas de forma expresa.
Entre ellas destacan:
Plataformas de activos virtuales
Los proveedores de servicios de activos virtuales deberán verificar la identidad de sus clientes desde la primera operación.
Plataformas inmobiliarias digitales
Los intermediarios tecnológicos dedicados a la compraventa, arrendamiento o financiamiento colectivo de bienes inmuebles estarán obligados a presentar Avisos cuando corresponda.
NFTs y activos digitales
Las operaciones relacionadas con activos digitales de alto valor, incluidos determinados NFTs y bienes tokenizados, también podrán generar obligaciones de identificación y reporte conforme a los umbrales establecidos.
Nuevos plazos para presentar Avisos
Uno de los cambios operativos más importantes es la reducción de los tiempos de reporte. Anteriormente, los Avisos se presentaban a más tardar el día 17 del mes siguiente.
Con la reforma:
- se establecen nuevos calendarios por días hábiles;
- las operaciones de alto riesgo deberán reportarse mediante Avisos de Alerta Temprana en un plazo máximo de 24 horas;
- toda la gestión deberá realizarse mediante el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD).
Mayor responsabilidad del Oficial de Cumplimiento
La reforma fortalece el papel del Oficial o Encargado de Cumplimiento mediante nuevas obligaciones.
Entre ellas:
- certificación obligatoria en determinados sectores;
- actualización anual del Manual de Políticas;
- aplicación del Enfoque Basado en Riesgo (EBR);
- auditorías periódicas del programa PLD;
- ampliación del resguardo documental de 5 a 10 años para la información generada a partir de la reforma.
Resumen de los principales cambios
| Rubro | Antes | Actualización 2026 |
| Beneficiario Controlador | Control situado habitualmente en 25% del capital. | Umbral del 15%, reglas de control efectivo y expediente unificado con actualización en 15 días. |
| Actividades Digitales | Mencionadas de forma dispersa o no contempladas explícitamente. | Integración explícita de Fintech, plataformas de criptoactivos, NFTs e inmuebles en línea. |
| Plazos de Avisos | Día 17 del mes posterior a la realización de la operación. | Plazos por días hábiles continuos y Avisos de Alerta Temprana en 24 horas para operaciones de riesgo. |
| Oficial de Cumplimiento | Designación de un encargado sin exigencia formal de certificación. | Requisito de certificación formal, manual EBR actualizado y auditoría periódica de cumplimiento. |
| Enfoque de Riesgo | Cumplimiento normativo rígido y basado en listas/umbrales estáticos. | Enfoque Basado en Riesgo (EBR) personalizado por tipo de cliente, sector y geografía. |
| Autocorrección Voluntaria | Mecanismos limitados y discrecionales. | Esquema normado de autocorrección con mitigación de sanciones para infracciones no graves. |
¿Qué deben hacer las empresas?
Para reducir riesgos de incumplimiento, es recomendable implementar un plan de actualización que incluya:
1. Revisar si la empresa realiza actividades vulnerables: Especialmente aquellas relacionadas con plataformas digitales o activos virtuales.
2. Actualizar la información del Beneficiario Controlador: Verificando la cadena de propiedad hasta identificar a la persona física que ejerce el control.
3. Revisar las políticas internas: Actualizar manuales y procedimientos conforme al Enfoque Basado en Riesgo.
4. Capacitar al personal: Asegurar que el Oficial de Cumplimiento y los equipos involucrados conozcan las nuevas obligaciones.
5. Adecuar los sistemas tecnológicos: Implementar controles que permitan cumplir oportunamente con los nuevos plazos de reporte.
La reforma al Reglamento de la LFPIORPI representa uno de los cambios más importantes en materia de prevención de lavado de dinero de los últimos años.
Más allá de una obligación regulatoria, la actualización de procesos internos permite fortalecer el cumplimiento, reducir riesgos legales y generar mayor confianza ante autoridades, inversionistas y socios comerciales.
Las empresas que adopten estas medidas de forma anticipada estarán mejor preparadas para operar en un entorno donde la transparencia y el cumplimiento normativo son factores clave para la competitividad.



