DOF – González · Chevez https://www.gonzalezchevez.com Contadores Públicos | Consultores de Negocios Wed, 06 Mar 2024 22:02:06 +0000 es hourly 1 Aún tienes tiempo – Nuevas notificaciones en el buzón tributario https://www.gonzalezchevez.com/aun-tienes-tiempo-nuevas-notificaciones-en-el-buzon-tributario/ Tue, 06 Feb 2024 21:48:59 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6261 A partir del 31 de diciembre 2024, autoridades fiscales distintas al SAT, como Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), así como otras autoridades de la administración centralizada del gobierno federal, estatal o municipal, podrán hacer uso del buzón tributario como medio de comunicación.

Establecido mediante el tercer transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal de 2024 publicada en el Diario Oficial de la Nación y de acuerdo con el articulo 17-K del Código Fiscal de la Federación.

Tras la publicación de la RMF de 2024 se vuelve a incluir la obligación de habilitar el buzón tributario, esto para personas físicas y morales inscritas en el registro federal de contribuyentes, con el objetivo de que la autoridad fiscal realice las notificaciones de cualquier acto o resolución administrativa y se adiciona una razón más para hacerlo de inmediato.

Este año se estableció en el tercer transitorio de la resolución miscelánea fiscal que a partir del 31 de diciembre de 2024, las autoridades fiscales distintas al SAT, como Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Procuraduría Federal del Consumidor, CONAGUA, así como las autoridades que ejercen la facultad de fiscalización en las entidades federativas, podrán hacer uso del buzón tributario para la notificación electrónica de los actos o resoluciones administrativas que emitan en documentos digitales, incluyendo aquellas que puedan ser recurribles, por lo que de acuerdo con el artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, la infracción por la no habilitación del Buzón Tributario, el no registro o la no actualización de los medios de contacto, será una multa de $3,420.00 a $10,260.00.

En González Chevez procuramos que nuestros clientes cumplan con las obligaciones fiscales vigentes que tienen como contribuyentes. Por lo que podemos apoyarte en la habilitación de tu buzón tributario y la actualización de tus medios de contacto.

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RESICO: Presenta tu cambio de régimen a más tardar el 31 de enero de 2023 https://www.gonzalezchevez.com/resico-presenta-tu-cambio-de-regimen-a-mas-tardar-el-31-de-enero-de-2023/ Sat, 01 Jul 2023 20:02:26 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6004 Los contribuyentes que dejen de tributar en el régimen simplificado de confianza, deberán presentar a más tardar el 31 de enero de 2023 un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, (normatividad) de acuerdo con los Artículos 214 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y el artículo vigésimo noveno de las disposiciones transitorias de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022.

Las autoridades fiscales en busca de simplificar administrativamente el cumplimiento de las obligaciones fiscales, incorpora el Régimen Simplificado de Confianza entrando en vigor el 1 de enero de 2022.

Para tributar en este régimen se debe cumplir con lo siguiente:

  • Sean personas morales residentes en México
  • Constituidas únicamente por personas físicas
  • Ingresos menores a 35 millones de pesos
  • Inicien actividades y estimen que no excederán la cantidad referida

Los contribuyentes que no cumplan los requisitos para continuar tributando en términos del RESICO, deberán cumplir con las obligaciones previstas en el Régimen General de Ley de Personas Morales, a partir del ejercicio inmediato siguiente aquél en que esto suceda.
Teniendo que presentar el Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, adicionando un escrito libre en el que señalen bajo protesta de decir verdad:

  • El tipo de ingreso.
  • La actividad económica.
  • Si el total de sus ingresos provienen de actividades de agricultura, ganadería, silvicultura o pesca.
  • Manifiesten si tendrán trabajadores.
  • El régimen fiscal en el que tributarán.
  • Manifestación si uno o varios de sus socios, accionistas o integrantes, participan en otras sociedades mercantiles donde tengan el control de la sociedad o de su administración, o cuando sean partes relacionadas.
  • Y, si sus ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior, excedieron o no de la cantidad de $35,000,000.00.

En González Chevez nos preocupamos por tu patrimonio, por ello te ayudamos a dar cumplimiento con esta obligación en la presentación del Aviso de la actualización de actividades económicas y obligaciones.

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