González · Chevez https://www.gonzalezchevez.com Contadores Públicos | Consultores de Negocios Tue, 10 Jun 2025 15:44:21 +0000 es hourly 1 ¿Cómo disminuir el coeficiente de utilidad de los pagos provisionales de ISR? https://www.gonzalezchevez.com/como-disminuir-el-coeficiente-de-utilidad-de-los-pagos-provisionales-de-isr/ Tue, 10 Jun 2025 15:44:06 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6779 Si tu empresa está obligada a realizar pagos provisionales de ISR durante el ejercicio fiscal, es fundamental entender cómo se calcula este impuesto y qué hacer si las condiciones de tu negocio han cambiado.

Es importante considerar que, si la situación actual de la empresa ha cambiado significativamente y no es similar al comportamiento del año anterior (a la baja), la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) prevé solicitar una disminución de dicho coeficiente de utilidad.

¿Cuál es el Fundamento Legal que lo establece?
El artículo 14, fracción III, inciso b de la LISR establece que los contribuyentes pueden solicitar al SAT la autorización para aplicar un coeficiente menor cuando estimen que el coeficiente actual no refleja adecuadamente su utilidad real en el ejercicio en curso. Esta solicitud puede presentarse a partir del segundo semestre del ejercicio, siempre que se cuente con información suficiente que justifique el nuevo cálculo.

Esto cobra especial relevancia si tu empresa ha enfrentado cambios como disminución en ventas principalmente o en su caso se prevé un incremento en costos y gastos y/o cualquier otra circunstancia que disminuya su utilidad y resultado fiscal, con respecto del ejercicio anterior.

Seguir calculando los pagos mensuales con un coeficiente que no contemple la situación económica actual de la empresa, puede generar un ISR a favor al final del ejercicio, situación que puede evitarse con este trámite fiscal.

¿Qué se necesita?
Para hacerlo, es necesario presentar una solicitud formal ante el SAT, respaldando la propuesta de coeficiente con información financiera real actualizada y proyectada al cierre del ejercicio.

Esta medida te puede evitar generar flujos de efectivo innecesarios que se pueden utilizar en otras actividades de operación, inversión y/o financiamiento en la empresa.

Este trámite permite a tu empresa mejorar su flujo de efectivo, liberando recursos que puedes usar para operación, inversión o financiamiento.

¿Te gustaría saber si tu empresa cumple con los requisitos para solicitar esta disminución?
En González, Chévez y Cía., S.C. te asesoramos para analizar tu situación fiscal actual y presentar correctamente la solicitud ante el SAT.

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Reducción de la jornada laboral en México: Antescedentes y consecuencias https://www.gonzalezchevez.com/reduccion-de-la-jornada-laboral-en-mexico-antescedentes-y-consecuencias/ Fri, 23 May 2025 23:16:18 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6614 ¿Sabías que, la reducción de la jornada laboral no es un tema nuevo y que desde hace poco más de 60 años la Organización Internacional del Trabajo (OIT) cuenta con directrices para que los países implementen una política pública para disminuir gradualmente el límite legal de horas de trabajo. La meta ideal es llegar a 40 horas semanales?

El pasado 01 de mayo de 2025, Marath Bolaños, secretario del Trabajo y Previsión Social (STPS), durante la Asamblea Ordinaria de la CTM mencionó que, “la reducción de la jornada laboral avanzará de manera paulatina y que, para llevar a cabo esta Reforma, se prevé un dialogo constante con las empresas y con los sindicatos”

Al momento, todos los proyectos de reforma constitucional que buscan establecer dos días de descanso por cada cinco de trabajo; en términos prácticos, una disminución de 48 a 40 horas en la semana laboral. Prácticamente todas las propuestas han contemplado un periodo de transición.

Esta gradualidad esta prevista por la “R116 – Recomendación sobre la reducción de la duración del trabajo, 1962 (núm. 116) emitida desde hace más de 60 años por la OIT” y establece como principios generales los siguientes:

La duración normal del trabajo deberá reducirse progresivamente, cuando sea apropiado, sin disminución alguna del salario que los trabajadores estén percibiendo en el momento en que se reduzca la duración del trabajo.

La reducción de la jornada no debe disminuir la producción total ni la productividad, ni debe poner en peligro la expansión económica del país, el desarrollo de nuevas industrias o su capacidad de competir en el comercio internacional; ni debe provocar presiones inflacionarias, cuyo resultado sería en último término, la disminución de las ganancias reales de los trabajadores.

Debe lograr el progreso y beneficiarse del aumento de la productividad, gracias a la aplicación de la tecnología moderna, de la automatización y de las técnicas de dirección que contribuyan a la mejora del rendimiento de los trabajadores.

Para la reducción progresiva de la jornada laboral podrán adoptarse alguna de las formas siguientes:

(a) etapas espaciadas en el tiempo;

(b) etapas que engloben progresivamente ramas o sectores de la economía nacional;

(c) una combinación de las dos fórmulas precedentes; o

(d) cualquier otra fórmula que resulte ser la más apropiada a las condiciones nacionales y a las condiciones de cada sector de la actividad económica.

Al aplicar medidas para reducir progresivamente la duración del trabajo, se debe dar prioridad a las industrias y ocupaciones que entrañen un esfuerzo físico o mental especial o un riesgo para la salud de los trabajadores interesados, especialmente cuando la mano de obra empleada esté integrada principalmente por mujeres y jóvenes.

Fuente: Recomendación R116 – Recomendación sobre la reducción de la duración del trabajo, 1962 (núm. 116)

Tal y como se ha mencionado en los diversos medios y derivado del anuncio por parte del Secretario del Trabajo y Previsión Social, la reducción de la jornada será progresiva y se atenderá la situación económica del país y a las recomendaciones de la OIT.

En González Chevez consideramos que para llevara cabo, dichas recomendaciones, será necesario aumentar la productividad, aplicar tecnología moderna, automatizar procesos y mejorar las técnicas de dirección que contribuyan a la mejora del rendimiento y desempeño de los trabajadores.

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¿Cómo funciona el arrendamiento financiero? https://www.gonzalezchevez.com/como-funciona-el-arrendamiento-financiero/ Fri, 23 May 2025 23:05:14 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6611 En ocasiones, empresas adquieren bienes mediante contratos de arrendamiento. Pero ¿sabías que no basta con llamar a un contrato “arrendamiento puro” para que fiscalmente se trate como tal?
La forma legal no debe estar por encima de la sustancia económica. Simular puede traer consecuencias.

Bajo la NIF D-5, si el arrendatario tiene opción de comprar el bien arrendado a un precio inferior a su valor de mercado o si el plazo del arrendamiento cubre la mayor parte de la vida útil del activo, se trata de un arrendamiento financiero, no operativo.

¿Qué implica esto?
Que contablemente, el arrendatario reconoce un activo por derecho de uso y un pasivo por arrendamiento, como si fuera una compra financiada.

Ahora bien, fiscalmente, el tratamiento también es distinto:

  • El arrendamiento financiero se deduce como una inversión y se deprecia conforme al artículo 38 de la LISR.
  • El arrendamiento operativo (o puro) se deduce como gasto.

Además, el artículo 27, fracción IV de la LISR establece que la deducción solo es válida si hay un registro contable adecuado.

¿Dónde está el problema?

Algunas empresas intentan acelerar la deducción presentando un arrendamiento financiero como si fuera puro:

  • Separan el contrato de arrendamiento del de compra
  • Fijan un precio simbólico al final del contrato
  • Omiten registrar contablemente el activo y el pasivo

Pero tarde o temprano, el SAT puede revisar y recaracterizar la operación, desconociendo la deducción, incluso si el contrato ya terminó.

El fondo económico siempre debe prevalecer sobre la forma legal.
Si el arrendamiento realmente es financiero, debe reconocerse y deducirse como tal. Simular operaciones para efectos fiscales puede generar riesgos innecesarios y contingencias futuras.

Revisa tus contratos, identifica correctamente el tipo de arrendamiento y asegúrate de documentarlo y registrarlo adecuadamente.

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¿Cómo se calcula la PTU en 2025? https://www.gonzalezchevez.com/como-se-calcula-la-ptu-en-2025/ Thu, 08 May 2025 17:57:09 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6604 La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo con su declaración fiscal.

El pago correcto y oportuno de la PTU genera certeza respecto a la obligación laboral, contable y fiscal en las empresas.

Fecha límite de pago
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (artículo 122):

  • Personas morales ➔ deben pagar la PTU a más tardar el 30 de mayo.
  • Personas físicas ➔ deben pagarla a más tardar el 29 de junio.

Comisión Mixta de PTU:
Las empresas deben conformar una comisión mixta integrada por representantes de los trabajadores y del patrón, encargada de:

  • Recibir copia de la declaración anual presentada ante el SAT.
  • Verificar el cálculo correcto de la renta gravable base de la PTU.
  • Aclarar a los trabajadores cualquier duda relacionada con la determinación del monto a repartir.

Correcto registro contable:
De acuerdo con la NIF D-3 “Beneficios a los empleados”, la PTU causada debe reconocerse como pasivo a corto plazo en el periodo en que los trabajadores adquieren el derecho a recibirla, afectando el estado de resultados del ejercicio correspondiente.

Cálculo y límites conforme a la LFT:
Desde la reforma laboral, la PTU que debe pagarse a cada trabajador con el límite de:

  • El importe de tres meses de su salario ordinario, o
  • El promedio de la PTU recibida en los últimos tres años.

Este límite busca equilibrar el beneficio de los trabajadores con la estabilidad operativa de las empresas.

📌 Importante considerar:

  • La PTU solo es disminuible de la base gravable de Impuesto Sobre la Renta (ISR) en el ejercicio en que efectivamente se paga (Fundamento: Ley del ISR).
  • El monto pagado debe estar debidamente documentado y conciliado con las cifras contables y fiscales reportadas.
  • ¿Sabías que: Existe un Reglamento del Artículo 121 y 122 de la Ley Federal de Trabajo el cual tiene por objeto regular el procedimiento relativo a las objeciones de los trabajadores a la declaración anual del Impuesto sobre la Renta (ISR) y sus anexos, para efectos de la determinación del a Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) ? Considéralo.

Un manejo correcto de la PTU —considerando su determinación, límites legales, registro contable y fecha de pago— fortalece la cultura de cumplimiento en tu empresa, protege ante contingencias laborales y fiscales, y promueve un ambiente de equidad y responsabilidad.

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¿Qué gastos personales son deducibles? Declaración anual 2024 Personas Físicas https://www.gonzalezchevez.com/que-gastos-personales-son-deducibles-declaracion-anual-2024-personas-fisicas/ Thu, 10 Apr 2025 00:58:39 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6541 Presentar la declaración anual es una oportunidad para las personas físicas de informar los gastos personales deducibles, lo que sirve para disminuir la base gravable para calcular el pago del ISR y puede derivar en saldos a favor, es decir, que el fisco les devuelva dinero.

Ley del Impuesto Sobre la Renta
Artículo 151. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

  • Honorarios médicos, dentales, y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición, así como gastos hospitalarios.
  • Gastos funerales
  • Intereses reales pagados por créditos hipotecarios
  • Donativos no onerosos ni remunerativos
  • Aportaciones a la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro
  • Colegiaturas
  • Gastos de transportación escolar
  • Primas de seguros de gastos médicos

Para poder obtener un saldo a favor y que la Autoridad devuelva el monto determinado, se deben tomar en cuenta los lineamientos aplicables y no solo confiar en la información que precarga el portal.
En González Chévez te ayudamos a aclarar tus dudas sobre el tema y realizar tu declaración anual 2024 en tiempo y forma.

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Estrategias fiscales para pymes: Optimiza tu carga fiscal https://www.gonzalezchevez.com/estrategias-fiscales-para-pymes-optimiza-tu-carga-fiscal/ Thu, 10 Apr 2025 00:52:26 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6537 Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) son fundamentales para la economía de cualquier país. Sin embargo, muchas veces enfrentan desafíos en términos de gestión financiera, incluyendo una carga fiscal elevada.

Si bien el cumplimiento de las obligaciones tributarias es esencial, también existen diversas estrategias fiscales que las PYMES pueden implementar, exploraremos algunas de estas estrategias.


Las deducciones fiscales son una de las herramientas más efectivas para reducir la base imponible sobre la que se calcula el impuesto. A través de las deducciones, las PYMES pueden disminuir su carga tributaria al reducir los ingresos que se consideran para el pago de impuestos. Existen varias deducciones que las empresas pueden considerar, tales como:

  • Gastos de operación: Los gastos relacionados con la producción, el alquiler, los salarios y otros costos operativos son generalmente deducibles. Las PYMES deben asegurarse de que todas las facturas y recibos estén
    correctamente emitidos, registrados y verificar que las contribuciones pagadas coincidan con dichos registros.
  • Inversiones en activos fijos: La compra de bienes de capital, como maquinaria o equipo, puede ser deducida, de acuerdo con su vida útil; que generalmente abarca varios ejercicios Es fundamental planificar bien las inversiones para aprovechar al máximo las deducciones.
  • Gastos en investigación y desarrollo: En nuestro país, las PYMES que invierten en innovación y desarrollo pueden acceder a estímulos fiscales. Este tipo de gastos no solo pueden reducir la carga fiscal, sino que también permiten a las empresas ser más competitivas.
  • Intereses y financiamiento: Los pagos de intereses por préstamos utilizados para los fines del negocio pueden ser deducidos, lo que ayuda a reducir la base imponible.

Beneficios de una buena planeación tributaria

La planeación tributaria es la clave para optimizar la carga fiscal de una PYME. A través de un enfoque estratégico, las empresas pueden estructurar sus operaciones y transacciones de manera que se minimicen sus impuestos de forma legal y eficiente. Algunas de las tácticas que se pueden utilizar incluyen:

  • Estrategias de diferimiento de impuestos: Las PYMES pueden diferir el pago de ciertos impuestos al planificar la distribución de sus ingresos o gastos en años fiscales posteriores. Esto puede ser útil para mejorar el flujo de caja en el corto plazo.
  • Estructuración adecuada de los ingresos: Al comprender las diferentes tasas impositivas aplicables a diversos tipos de ingresos (por ejemplo, ingresos por ventas versus ingresos por dividendos), las PYMES pueden estructurar sus transacciones de manera que se minimice la carga tributaria.
  • Uso de beneficios fiscales específicos para PYMES: Muchos países ofrecen incentivos fiscales a las PYMES, como exenciones de impuestos o tasas impositivas más bajas. Es esencial que las empresas conozcan estos beneficios y se aseguren de cumplir con los requisitos necesarios para aprovecharlos.
  • Planeación internacional: Para las PYMES que operan en varios países, la planeación tributaria internacional se vuelve crucial. La optimización de la carga fiscal se puede lograr mediante la estructuración adecuada de las filiales, el uso de acuerdos para evitar la doble tributación, y la elección de las jurisdicciones con mejores condiciones fiscales.

La optimización de la carga fiscal es un aspecto clave para mejorar la rentabilidad de las PYMES y garantizar su sostenibilidad en el largo plazo. Aprovechar las deducciones fiscales disponibles, implementar estrategias de planeación tributaria y contar con el apoyo de expertos en la materia son pasos fundamentales para lograrlo. Si eres dueño de una PYME, no subestimes la importancia de contar con un buen asesor fiscal que pueda guiarte en la toma de decisiones estratégicas que no solo ayuden al cumplimiento, sino que también potencien tu crecimiento
empresarial.
Si deseas obtener más información sobre cómo tu empresa puede beneficiarse de estas estrategias fiscales, no dudes en contactarnos, en Gonz´laez Chevez somos tus aliados de negocio.

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¿Recibiste una carta invitación? Notificaciones del SAT sobre el REPSE https://www.gonzalezchevez.com/recibiste-una-carta-invitacion-notificaciones-del-sat-sobre-el-repse/ Mon, 10 Mar 2025 18:08:10 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6487 En los últimos días, diversas empresas han recibido notificaciones por parte de la Autoridad Fiscal en relación con la subcontratación de servicios u obra especializada. Estas comunicaciones advierten sobre la importancia de verificar que los proveedores contratados estén debidamente inscritos y activos en el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE). De lo contrario, las operaciones realizadas no tendrán efectos fiscales en cuanto a deducciones o acreditamientos.

Contexto de la Notificación del SAT

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha identificado, a través de sus bases de datos institucionales, que algunas empresas han recibido Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por operaciones de subcontratación con proveedores cuyo registro en el REPSE ha sido cancelado. Ante esta situación, la autoridad exhorta a los contribuyentes a revisar dichas operaciones y, en caso necesario, corregir su situación fiscal.

El comunicado también menciona que, si bien la regularización aún puede considerarse espontánea, se recomienda presentar las declaraciones correspondientes a la brevedad mediante el servicio de “Declaraciones y Pagos” en el portal del SAT.

Consecuencias del Incumplimiento

El SAT fundamenta esta invitación en el Código Fiscal de la Federación (CFF) y advierte sobre las posibles sanciones en caso de omisión, que incluyen:

  • Actualizaciones y recargos por la falta de pago oportuno.
  • Multas por incumplimiento de obligaciones fiscales.
  • Restricción temporal del Certificado de Sello Digital, lo que impediría la emisión de CFDI.
  • Posible configuración de un delito de defraudación fiscal conforme a los artículos 108 y 109 del CFF.

Recomendaciones para las Empresas

Para evitar riesgos fiscales y asegurar el cumplimiento normativo, recomendamos:

  1. Verificar el Estatus del REPSE de los Proveedores: Antes de contratar servicios especializados, es crucial confirmar que el proveedor esté activo en el REPSE.
  2. Revisar los CFDI Recibidos: Corroborar que los comprobantes fiscales emitidos por los proveedores correspondan a operaciones válidas.
  3. Regularizar la Situación Fiscal: Si se han realizado operaciones con proveedores cuyo REPSE ha sido cancelado, se sugiere corregir la situación mediante la declaración correspondiente.
  4. Consultar a un Especialista Fiscal: Un asesor contable o fiscal puede ayudar a evaluar el impacto de estas notificaciones y definir la mejor estrategia para cumplir con las obligaciones fiscales.

El cumplimiento fiscal en materia de subcontratación es fundamental para evitar sanciones y garantizar la deducibilidad de gastos. Ante las recientes notificaciones del SAT, es recomendable que las empresas revisen su situación y tomen las medidas necesarias para cumplir con la normatividad vigente. La información y la prevención son clave para evitar problemas futuros y operar dentro del marco legal.

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¿Cuáles son los cambios en el Impuesto sobre Nóminas (ISN) para 2025? https://www.gonzalezchevez.com/cuales-son-los-cambios-en-el-impuesto-sobre-nominas-isn-para-2025/ Tue, 25 Feb 2025 19:08:38 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6482 El 27 de diciembre de 2024 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversos artículos del Código Fiscal de la Ciudad de México (CFCDMX) para el ejercicio 2025, en la cual se publicó un cambio al porcentaje del impuesto sobre nómina.

Esta reforma se buscó en un acuerdo con la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) y el gobierno de la ciudad de México para fortalecer el desarrollo económico. Gaceta Oficial de la Ciudad de México (No. 1515, Tomo I), 2025, de Consejería Jurídica y de Servicios Legales.


La reforma al artículo 158 del CFCDMX estableció que, “El Impuesto sobre Nóminas se determinará, aplicando la tasa del 4% sobre el monto total de las erogaciones realizadas por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado.” Lo cual representa un aumento del 1% a la tasa de ISN.

El gobierno de la Ciudad de México menciono que los ingresos adicionales, serán destinados a proyectos que buscan fortalecer aspectos como agua, seguridad y movilidad, asegurando beneficios tanto para las empresas como para la ciudadanía.

También se estipulo que se generaran beneficios fiscales específicos para micro y pequeñas empresas que cumplan con requisitos en específico (Establecidos por la secretaria de hacienda y crédito público). Estos beneficios se establecen en base al numero de trabajadores y de la siguiente forma:

  • Las microempresas podrán aplicar la reducción de 1% en la nueva tasa aplicable del ISN, por lo que únicamente pagarían una tasa del 3%.
  • Las pequeñas empresas podrán aplicar la reducción de 0.5% en la nueva tasa aplicable, por lo que únicamente pagarían una tasa del 3.5%.

Es importante que los contribuyentes apliquen de forma correcta las nuevas tarifas establecidas, así como comprender sus cálculos, obligaciones y posibles cambios para cumplir adecuadamente con las obligaciones fiscales por el gobierno de la Ciudad de México, con la finalidad de evitar sanciones por el incumplimiento de estas.
En González Chevez, contadores públicos podemos apoyarte para que tu empresa cumpla adecuadamente con todas sus obligaciones fiscales, estamos comprometidos en actualizarnos constantemente para poder dar la mejor asesoría para ti y tu empresa.

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Aumenta IEPS en gasolina, cigarros y refrescos para 2025 https://www.gonzalezchevez.com/aumenta-ieps-en-gasolina-cigarros-y-refrescos-para-2025/ Tue, 25 Feb 2025 19:00:39 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6478 A partir del 01 de enero de 2025 se incrementó un 4.5% el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, trayendo consigo un aumento en el precio de algunos productos en el país, tratándose principalmente de la gasolina, cigarros, refrescos y otras bebidas saborizadas, conforme a la publicación emitida en el Diario Oficial de la Federación el 27/12/2024. En este último se especifica el acuerdo sobre las modificaciones a la ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, respectivamente dentro del artículo 2° en su fracción primera, incisos D, C y G.

Teniendo dentro de las modificaciones los siguientes movimientos:

Precio de la gasolina y diésel 2025

  • Gasolina Magna: el IEPS se estableció en 6,45 pesos por litro, 28 centavos más que la última semana de 2024.
  • Gasolina Premium: el IEPS quedó en 5,45 pesos por litro, 24 centavos más.
  • Diésel: el IEPS para este combustible se estableció en 7,09 pesos por litro, 30 centavos más.

Aumento de IEPS en refrescos y cigarros

Este año, la cuota por litro aplicable para los refrescos y otras bebidas saborizadas es de 1,57 a 1,64 pesos por litro conforme al factor de actualización mencionado en el acuerdo emitido por la Secretaría de Hacienda.


Finalmente, la cuota para los tabacos labrados es de 0,6166 a 0,6445 pesos por cigarro, de acuerdo con lo señalado por la Secretaría de Hacienda para 2025. Así, una cajetilla de Marlboro Vista Artic de 20 cigarrillos que en 2023 costaba 83 pesos, costará unos 95 pesos el próximo año.

En González Chevez, contadores públicos tenemos el compromiso de mantenerte informado sobre las actualizaciones en materia de impuestos, sabemos que los cambios están en función del día a día así que es primordial compartirlo contigo.

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¿Cómo corregir CFDI de nómina 2024? https://www.gonzalezchevez.com/como-corregir-cfdi-de-nomina-2024/ Tue, 25 Feb 2025 17:41:19 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6475 La correcta emisión de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de nómina es fundamental para el cumplimiento fiscal de las empresas y la deducibilidad de los gastos de nómina en la declaración anual de persona morales. En caso de errores u omisiones en su llenado, la autoridad fiscal permite realizar correcciones bajo los lineamientos establecidos en la Miscelánea Fiscal 2025, basándose en el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y la Resolución Miscelánea Fiscal.

Según el Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF), los contribuyentes deben emitir CFDI por las operaciones realizadas, incluyendo la nómina, asegurando que cumplan con los requisitos fiscales establecidos. Si un CFDI de nómina emitido en 2024 presenta errores, es posible corregirlo siempre que el nuevo comprobante se emita a más tardar el 28 de febrero de 2025 y se cancelen los comprobantes originales que se sustituyen.

Por su parte, el Artículo 98 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece las obligaciones fiscales de las personas físicas, incluyendo la correcta emisión de comprobantes fiscales, mientras que el Artículo 99 de la misma ley obliga a los patrones a entregar CFDI de nómina correctos y oportunos a sus trabajadores para que dichos pagos sean deducibles.

Asimismo, la Regla 2.7.5.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2025 indica que el CFDI corregido se considerará parte del ejercicio fiscal 2024 siempre y cuando refleje la “fecha de pago” correspondiente al momento en que se efectuó el pago al trabajador.

La posibilidad de corregir los CFDI de nómina bajo estos lineamientos permite a los contribuyentes mantener su cumplimiento fiscal y asegurar la deducibilidad de la nómina. Al respetar los plazos y las condiciones establecidas en el CFF, la LISR y la RMF, las empresas pueden evitar problemas fiscales y garantizar la validez de sus registros contables.

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