Contador Público Registrado – González · Chevez https://www.gonzalezchevez.com/en Contadores Públicos | Consultores de Negocios Tue, 01 Jul 2025 16:57:45 +0000 en-US hourly 1 ¿Estás obligado a presentar el Dictamen del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal en el EDOMEX? https://www.gonzalezchevez.com/en/estas-obligado-a-presentar-el-dictamen-del-impuesto-sobre-erogaciones-por-remuneraciones-al-trabajo-personal-en-el-edomex/ Tue, 01 Jul 2025 16:15:13 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6863 Si tu empresa tiene trabajadores en el Estado de México, podrías estar obligado a presentar el Dictamen del ISERTP Estado de México. Conocer los requisitos, fechas clave y beneficios puede ayudarte a evitar multas y asegurar el cumplimiento fiscal.

¿Qué es el Dictamen del ISERTP?

El Dictamen del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal (ISERTP) es un informe fiscal elaborado por un Contador Público Registrado (CPR). Este documento verifica que las empresas hayan determinado y pagado correctamente el impuesto correspondiente a las remuneraciones por trabajo personal dentro del Estado de México.

El dictamen se realiza bajo las Normas de Atestiguamiento y está regulado por el Código Financiero del Estado de México y Municipios.

¿Cuál es la base gravable del ISERTP?

A diferencia de otros impuestos estatales, en el Estado de México la base gravable no se limita al pago a empleados subordinados. Aquí, se consideran todas las remuneraciones por trabajo personal, ya sea a favor de:

  • Empleados
  • Prestadores de servicios independientes (personas físicas o morales)
  • Terceros que realicen trabajo personal dentro del Estado de México

¿Quiénes están obligados a dictaminar el ISERTP?

Según el artículo 47-A del Código Financiero del Estado de México y Municipios, están obligados a presentar el dictamen quienes cumplan con alguno de los siguientes supuestos durante el ejercicio fiscal:

  • 1. Empresas con más de 200 trabajadores en promedio mensual
  • 2. Empresas que paguen más de $400,000 MXN mensuales por remuneraciones
  • 3. Retenedores de ISERTP con más de 200 trabajadores o pagos superiores a $400,000
  • 4. Empresas que hayan participado en procesos de fusión

Además, según el artículo 47-B, los plazos para presentar este dictamen son:

  • Aviso de dictaminación: a más tardar el 31 de julio del año siguiente
  • Presentación del dictamen: a más tardar el 31 de agosto

¿Qué beneficios tiene dictaminar el ISERTP?

Además de cumplir con una obligación fiscal, dictaminar el ISERTP trae importantes ventajas:

• Evitar multas: Las sanciones por omisión pueden ir de 300 a 700 veces la UMA. En 2025, esto equivale a $33,942 a $79,198 pesos.
• Revisión oportuna: Permite corregir errores antes de una auditoría.
• Certeza fiscal: Refuerza el cumplimiento ante la Secretaría de Finanzas del Estado de México, el SAT y el IMSS.

Revisar si estás obligado a presentar este dictamen es clave para evitar riesgos fiscales. Incluso si no estás obligado, puedes optar por dictaminarte de forma voluntaria para fortalecer el cumplimiento y reducir posibles sanciones.

En un entorno de fiscalización cada vez más automatizado, con cruces de información entre el SAT, IMSS y Finanzas estatales, anticiparse es la mejor estrategia.

Consulta con un contador público registrado (CPR) si tu empresa opera en el Estado de México. Asegúrate de cumplir con el ISERTP y mantén tu empresa en orden con las autoridades fiscales.

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