González · Chevez https://www.gonzalezchevez.com/en Contadores Públicos | Consultores de Negocios Wed, 23 Jul 2025 16:20:07 +0000 en-US hourly 1 Nueva Plataforma DIOT 2025 : Todo lo que tienes que saber para cumplir ante el SAT https://www.gonzalezchevez.com/en/nueva-plataforma-diot-2025-todo-lo-que-tienes-que-saber-para-cumplir-ante-el-sat/ Tue, 22 Jul 2025 22:14:36 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6879 A partir del 1 de agosto de 2025, el SAT solo recibirá la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) mediante su nueva plataforma, que fue puesta a disposición el pasado 3 de febrero.

Esta nueva plataforma deberá utilizarse por aquellas personas físicas y morales que se encuentran obligadas a presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), en la que reportan sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones realizadas con sus proveedores.

La DIOT se presenta de forma mensual, o semestral por parte de las personas morales que obtienen ingresos por realizar actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas y de pesca.

Esta plataforma facilita a los contribuyentes el cumplimiento de su obligación fiscal con los siguientes beneficios:

  • Carga batch, consiste en que los contribuyentes generen un archivo en formato .txt, con la información del IVA de sus proveedores.
  • Carga manual, es funcional para aquellos contribuyentes que realizan un menor número de operaciones, o bien, aquellos que ya realizaron una carga batch y adicionalmente necesitan capturar nuevos registros.
  • Es posible enviar más de 40 mil registros sin necesidad de acudir a una oficina del Servicio de Administración Tributaria.

Obtienes el acuse de recibo como constancia de su presentación.

Para presentar la declaración, se puede acceder mediante la siguiente liga: https://pstcdi.clouda.sat.gob.mx . El sitio está disponible para declaraciones del ejercicio 2025 en adelante y extemporáneas del ejercicio 2024 y anteriores.

Esta plataforma busca una integración más eficiente y unificada con los sistemas del SAT, por lo que es fundamental conocer su funcionamiento y asegurarse de cumplir en tiempo y forma.

Recuerda: A partir del 1 de agosto de 2025 ya no será posible enviar la DIOT a través de la generación del archivo en el esquema anterior. Quienes aún utilizan el esquema previo deberán adaptarse cuanto antes.

La DIOT es una obligación fiscal importante, especialmente para efectos del IVA, evita errores y sanciones.

Nuestra recomendación

Verifica que tu sistema contable esté actualizado.

Aprende a usar la nueva plataforma antes de agosto.

Pide apoyo a tu contador o asesor fiscal si tienes dudas.

Somos González Chevez contadores públicos y consultores de negocio.

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Reforma a la Ley Antilavado en México: Cambios clave aprobados en junio de 2025 https://www.gonzalezchevez.com/en/reforma-a-la-ley-antilavado-en-mexico-cambios-clave-aprobados-en-junio-de-2025/ Tue, 15 Jul 2025 18:28:56 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6875 ¿Qué es la Reforma a la Ley Antilavado 2025?

El pasado 30 de junio de 2025, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular una importante reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), así como al Artículo 400 Bis del Código Penal Federal.

Este nuevo marco legal busca fortalecer las estrategias contra el lavado de dinero en México, alineándose con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y elevando los estándares de cumplimiento para empresas, profesionales y sectores que realizan actividades vulnerables.

Principales cambios en la Ley Antilavado (junio 2025)

1. Identificación del Beneficiario Controlador

Se refuerza la obligación de identificar con claridad a la persona física que realmente controla o se beneficia económicamente de las operaciones.

  • Se exige documentación específica
    Debe haber una actualización periódica de esta información
    Aplica tanto a personas morales como a fideicomisos

2. Nuevas Actividades Consideradas Vulnerables

Se amplía el catálogo de actividades que deben cumplir con la Ley Antilavado:

Administradores de fideicomisos

Activos virtuales (como criptomonedas)
Desarrolladores inmobiliarios
Notarios, corredores públicos y abogados
Proveedores de servicios de constitución de sociedades

Estos sectores deben ahora reportar operaciones sospechosas y cumplir con la identificación de beneficiarios.

3. Regulación para Organizaciones sin Fines de Lucro

La reforma establece mecanismos para evitar el uso indebido de asociaciones civiles y organizaciones no lucrativas:

  • Se definen criterios de clasificación
    Se reconoce la naturaleza particular de estas entidades
    Se implementa una supervisión especializada para ellas

4. Obligación de Identificar a Personas Políticamente Expuestas (PEP)

Las entidades deben identificar y monitorear operaciones de personas consideradas PEP, utilizando herramientas automatizadas de gestión de riesgos.

5. Auditorías Internas y Capacitación

  • Las empresas con alto nivel de riesgo deberán realizar auditorías internas o externas periódicas
    Será obligatorio capacitar al personal en materia de prevención de lavado de dinero

6. Reportes Electrónicos y Operaciones Intentadas

Ya no basta con reportar lo que se concretó.
Las empresas deberán reportar también operaciones intentadas, y hacerlo en un plazo no mayor a 24 horas.

7. Fortalecimiento del Régimen Sancionador

Las sanciones se vuelven más severas. Por ejemplo:

  • Penas de 10 a 20 años de prisión
    Multas de 5,000 a 10,000 días de salario mínimo
    Responsabilidad penal
    para prestanombres o quienes ejerzan fe pública
    Ahora, no solo la Secretaría de Hacienda puede denunciar: cualquier órgano supervisor puede iniciar el proceso penal

8. Gestión Automatizada de Riesgos

Las entidades deben implementar sistemas tecnológicos en tiempo real para:

  • Detectar operaciones inusuales
    Evaluar niveles de riesgo
    Mantener controles actualizados

9. Protección para Encargados de Cumplimiento

Se establecen medidas para proteger la identidad del oficial de cumplimiento, permitiendo que los trámites puedan ser realizados por representantes legales.

10. Responsabilidad Penal sin Dolo Específico

Ahora no se necesita dolo específico para iniciar investigaciones penales por presentación de información falsa o incompleta. Esto amplía el alcance del Ministerio Público y de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

El cumplimiento legal es una estrategia de protección empresarial

Esta reforma representa un avance significativo en la lucha contra el lavado de dinero en México.

Para las empresas, cumplir con la ley ya no es solo una obligación, sino una estrategia para proteger su reputación, su operación y su permanencia en un entorno empresarial cada vez más regulado.

Si tu empresa realiza actividades vulnerables o tiene dudas sobre cómo adaptar sus procesos, es momento de actuar. Un enfoque preventivo en cumplimiento legal puede ahorrarte sanciones, tiempo y problemas legales.

En González Chevez firma contable ayudamos a empresas y profesionales a implementar un sistema de cumplimiento claro, eficiente y adaptado a las nuevas obligaciones

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¿Estás obligado a presentar el Dictamen del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal en el EDOMEX? https://www.gonzalezchevez.com/en/estas-obligado-a-presentar-el-dictamen-del-impuesto-sobre-erogaciones-por-remuneraciones-al-trabajo-personal-en-el-edomex/ Tue, 01 Jul 2025 16:15:13 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6863 Si tu empresa tiene trabajadores en el Estado de México, podrías estar obligado a presentar el Dictamen del ISERTP Estado de México. Conocer los requisitos, fechas clave y beneficios puede ayudarte a evitar multas y asegurar el cumplimiento fiscal.

¿Qué es el Dictamen del ISERTP?

El Dictamen del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal (ISERTP) es un informe fiscal elaborado por un Contador Público Registrado (CPR). Este documento verifica que las empresas hayan determinado y pagado correctamente el impuesto correspondiente a las remuneraciones por trabajo personal dentro del Estado de México.

El dictamen se realiza bajo las Normas de Atestiguamiento y está regulado por el Código Financiero del Estado de México y Municipios.

¿Cuál es la base gravable del ISERTP?

A diferencia de otros impuestos estatales, en el Estado de México la base gravable no se limita al pago a empleados subordinados. Aquí, se consideran todas las remuneraciones por trabajo personal, ya sea a favor de:

  • Empleados
  • Prestadores de servicios independientes (personas físicas o morales)
  • Terceros que realicen trabajo personal dentro del Estado de México

¿Quiénes están obligados a dictaminar el ISERTP?

Según el artículo 47-A del Código Financiero del Estado de México y Municipios, están obligados a presentar el dictamen quienes cumplan con alguno de los siguientes supuestos durante el ejercicio fiscal:

  • 1. Empresas con más de 200 trabajadores en promedio mensual
  • 2. Empresas que paguen más de $400,000 MXN mensuales por remuneraciones
  • 3. Retenedores de ISERTP con más de 200 trabajadores o pagos superiores a $400,000
  • 4. Empresas que hayan participado en procesos de fusión

Además, según el artículo 47-B, los plazos para presentar este dictamen son:

  • Aviso de dictaminación: a más tardar el 31 de julio del año siguiente
  • Presentación del dictamen: a más tardar el 31 de agosto

¿Qué beneficios tiene dictaminar el ISERTP?

Además de cumplir con una obligación fiscal, dictaminar el ISERTP trae importantes ventajas:

• Evitar multas: Las sanciones por omisión pueden ir de 300 a 700 veces la UMA. En 2025, esto equivale a $33,942 a $79,198 pesos.
• Revisión oportuna: Permite corregir errores antes de una auditoría.
• Certeza fiscal: Refuerza el cumplimiento ante la Secretaría de Finanzas del Estado de México, el SAT y el IMSS.

Revisar si estás obligado a presentar este dictamen es clave para evitar riesgos fiscales. Incluso si no estás obligado, puedes optar por dictaminarte de forma voluntaria para fortalecer el cumplimiento y reducir posibles sanciones.

En un entorno de fiscalización cada vez más automatizado, con cruces de información entre el SAT, IMSS y Finanzas estatales, anticiparse es la mejor estrategia.

Consulta con un contador público registrado (CPR) si tu empresa opera en el Estado de México. Asegúrate de cumplir con el ISERTP y mantén tu empresa en orden con las autoridades fiscales.

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¿Qué es la capitalización de pasivos y por qué es importante el informe de certificación? https://www.gonzalezchevez.com/en/que-es-la-capitalizacion-de-pasivos-y-por-que-es-importante-el-informe-de-certificacion/ Tue, 24 Jun 2025 19:20:22 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6825 La capitalización de pasivos es un procedimiento mediante el cual una empresa aumenta su capital social al convertir una deuda en participación accionaria para un acreedor o proveedor. A partir de 2021, esta operación requiere la certificación de pasivos por un Contador Público Inscrito para garantizar que la deuda existe, es real y cumple con las normas fiscales en México, evitando simulaciones y posibles sanciones para la compañía.

Cuando una empresa decide aumentar su capital social a través de la conversión de una deuda o cuenta por pagar, se le denomina “capitalización de pasivos”, es decir, una deuda se traspasa y transforma en acciones que derivan en el aumento del capital social.

Para realizar lo anterior, se tiene establecido en las disposiciones fiscales que, se certifique este proceso a través de un Contador Público Inscrito (CPI). Dicha certificación debe contener las características específicas emitidas mediante reglas de carácter general emitidas por las Autoridades Fiscales.

Mediante esta certificación el Contador Público certificará la existencia real de la(s) deuda(s) que se convirtieron en capital social; verificará que su importe o valor sea correcto y certificará que cumpla con las normas contables que le sean aplicables.

Por ejemplo, si una empresa tiene una cuenta por pagar, es decir le debe a sus proveedores $1,000,000.00 M.N. y decide mediante un acta convertir al proveedor o acreedor como un accionista, mediante la emisión de acciones a favor del proveedor o acreedor; deberá probar ante la autoridad que, dicho capital social proviene de una cuenta por pagar real y que la existencia de la misma se generó por operaciones reales realizadas por la Compañía.

La conversión de una deuda para generar un incremento en el capital social se debe realizar mediante la certificación por parte de un Contador Público, quien emitirá un informe de “Atestiguamiento” que, el pasivo, proviene de operaciones reales y que no provengan de operaciones simuladas. Este documento fundamental para asegurar la legitimidad de la operación y evitar cualquier tipo de irregularidad.

¿A partir de qué año es obligatorio?

El incremento del capital social a través de capitalización de deuda mediante la certificación de pasivos se ha vuelto un requisito ineludible en México desde el ejercicio 2021. Esta obligación y requisito se establece en el cuarto párrafo del artículo 30 del Código Fiscal de la Federación (CFF), y como ya lo mencionamos, tiene como objetivo garantizar que las deudas se derivaron de transformaciones económicas reales y no provienen de operaciones simuladas. Se combate con esto, esquemas de fraude fiscal y se promueve la transparencia en las operaciones financieras.

Requisitos clave de la certificación

El Contador Público Inscrito que emita un informe de certificación de pasivos deberá cumplir con lo dispuesto en la Regla 2.8.1.19 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente para cada ejercicio a partir de 2021, que establece como parte de su actividad lo siguiente:

  • Conservar actas de asamblea y documentación que certifique la existencia contable y valor del pasivo.
  • Contar con información fiscal del acreedor: Nombre, RFC o número de identificación y residencia fiscales.
  • Contar con los documentos de origen del pasivo; entre los cuales se encuentran: contratos, facturas y estados de cuenta que comprueben el monto y origen de la deuda.
  • Realizar la verificación de operaciones, es decir, confirmar que bienes o servicios vinculados al pasivo fueron efectivamente recibidos y/o prestados.
  • Revisar que el registro y reconocimiento contable de las transacciones, cumpla con lo dispuesto en las Normas de Información Financiera (NIF) particulares, tales como la NIF C-9 que establece el tratamiento contable de las provisiones, contingencias y compromisos; la  NIF C-11 que establece las reglas de valuación, presentación y revelación de las partidas que integran el capital contable en el estado de situación financiera de las entidades y la NIF C-19 que establece las normas de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de los instrumentos financieros por pagar en los estados financieros de una entidad económica.
  • Revisar y certificar lo adecuado de los registros contables en la Contabilidad de la empresa, obteniendo evidencia mediante: balanzas de comprobación, pólizas contables y estados financieros.

El incremento del capital social a través de capitalización de deuda requiere entonces la certificación de los pasivos por parte de un Contador Público Inscrito indispensable en procesos como lo son las reestructuras financieras y el fortalecimiento del capital a través del aumento del mismo con recursos y socios de terceros (proveedores y/o acreedores).

Su correcta aplicación exige un rigor documental estricto y la asesoría de un Contador Público Independiente (CPI) registrado ante la SHCP.

Es fundamental no subestimar esta obligación, ya que su incumplimiento puede generar sanciones significativas y riesgos fiscales importantes para tu empresa.

En González Chevez, nos dedicamos a que tu negocio cumpla con todas sus obligaciones fiscales, como asesores de negocios, estamos aquí para ayudarte a gestionar y cumplir eficazmente con este importante requisito de certificación de pasivos.

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¿Cómo disminuir el coeficiente de utilidad de los pagos provisionales de ISR? https://www.gonzalezchevez.com/en/como-disminuir-el-coeficiente-de-utilidad-de-los-pagos-provisionales-de-isr/ Tue, 10 Jun 2025 15:44:06 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6779 Si tu empresa está obligada a realizar pagos provisionales de ISR durante el ejercicio fiscal, es fundamental entender cómo se calcula este impuesto y qué hacer si las condiciones de tu negocio han cambiado.

Es importante considerar que, si la situación actual de la empresa ha cambiado significativamente y no es similar al comportamiento del año anterior (a la baja), la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) prevé solicitar una disminución de dicho coeficiente de utilidad.

¿Cuál es el Fundamento Legal que lo establece?
El artículo 14, fracción III, inciso b de la LISR establece que los contribuyentes pueden solicitar al SAT la autorización para aplicar un coeficiente menor cuando estimen que el coeficiente actual no refleja adecuadamente su utilidad real en el ejercicio en curso. Esta solicitud puede presentarse a partir del segundo semestre del ejercicio, siempre que se cuente con información suficiente que justifique el nuevo cálculo.

Esto cobra especial relevancia si tu empresa ha enfrentado cambios como disminución en ventas principalmente o en su caso se prevé un incremento en costos y gastos y/o cualquier otra circunstancia que disminuya su utilidad y resultado fiscal, con respecto del ejercicio anterior.

Seguir calculando los pagos mensuales con un coeficiente que no contemple la situación económica actual de la empresa, puede generar un ISR a favor al final del ejercicio, situación que puede evitarse con este trámite fiscal.

¿Qué se necesita?
Para hacerlo, es necesario presentar una solicitud formal ante el SAT, respaldando la propuesta de coeficiente con información financiera real actualizada y proyectada al cierre del ejercicio.

Esta medida te puede evitar generar flujos de efectivo innecesarios que se pueden utilizar en otras actividades de operación, inversión y/o financiamiento en la empresa.

Este trámite permite a tu empresa mejorar su flujo de efectivo, liberando recursos que puedes usar para operación, inversión o financiamiento.

¿Te gustaría saber si tu empresa cumple con los requisitos para solicitar esta disminución?
En González, Chévez y Cía., S.C. te asesoramos para analizar tu situación fiscal actual y presentar correctamente la solicitud ante el SAT.

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Reducción de la jornada laboral en México: Antecedentes y consecuencias https://www.gonzalezchevez.com/en/reduccion-de-la-jornada-laboral-en-mexico-antescedentes-y-consecuencias/ Fri, 23 May 2025 23:16:18 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6614 ¿Sabías que, la reducción de la jornada laboral no es un tema nuevo y que desde hace poco más de 60 años la Organización Internacional del Trabajo (OIT) cuenta con directrices para que los países implementen una política pública para disminuir gradualmente el límite legal de horas de trabajo. La meta ideal es llegar a 40 horas semanales?

El pasado 01 de mayo de 2025, Marath Bolaños, secretario del Trabajo y Previsión Social (STPS), durante la Asamblea Ordinaria de la CTM mencionó que, “la reducción de la jornada laboral avanzará de manera paulatina y que, para llevar a cabo esta Reforma, se prevé un dialogo constante con las empresas y con los sindicatos”

Al momento, todos los proyectos de reforma constitucional que buscan establecer dos días de descanso por cada cinco de trabajo; en términos prácticos, una disminución de 48 a 40 horas en la semana laboral. Prácticamente todas las propuestas han contemplado un periodo de transición.

Esta gradualidad esta prevista por la “R116 – Recomendación sobre la reducción de la duración del trabajo, 1962 (núm. 116) emitida desde hace más de 60 años por la OIT” y establece como principios generales los siguientes:

La duración normal del trabajo deberá reducirse progresivamente, cuando sea apropiado, sin disminución alguna del salario que los trabajadores estén percibiendo en el momento en que se reduzca la duración del trabajo.

La reducción de la jornada no debe disminuir la producción total ni la productividad, ni debe poner en peligro la expansión económica del país, el desarrollo de nuevas industrias o su capacidad de competir en el comercio internacional; ni debe provocar presiones inflacionarias, cuyo resultado sería en último término, la disminución de las ganancias reales de los trabajadores.

Debe lograr el progreso y beneficiarse del aumento de la productividad, gracias a la aplicación de la tecnología moderna, de la automatización y de las técnicas de dirección que contribuyan a la mejora del rendimiento de los trabajadores.

Para la reducción progresiva de la jornada laboral podrán adoptarse alguna de las formas siguientes:

(a) etapas espaciadas en el tiempo;

(b) etapas que engloben progresivamente ramas o sectores de la economía nacional;

(c) una combinación de las dos fórmulas precedentes; o

(d) cualquier otra fórmula que resulte ser la más apropiada a las condiciones nacionales y a las condiciones de cada sector de la actividad económica.

Al aplicar medidas para reducir progresivamente la duración del trabajo, se debe dar prioridad a las industrias y ocupaciones que entrañen un esfuerzo físico o mental especial o un riesgo para la salud de los trabajadores interesados, especialmente cuando la mano de obra empleada esté integrada principalmente por mujeres y jóvenes.

Fuente: Recomendación R116 – Recomendación sobre la reducción de la duración del trabajo, 1962 (núm. 116)

Tal y como se ha mencionado en los diversos medios y derivado del anuncio por parte del Secretario del Trabajo y Previsión Social, la reducción de la jornada será progresiva y se atenderá la situación económica del país y a las recomendaciones de la OIT.

En González Chevez consideramos que para llevara cabo, dichas recomendaciones, será necesario aumentar la productividad, aplicar tecnología moderna, automatizar procesos y mejorar las técnicas de dirección que contribuyan a la mejora del rendimiento y desempeño de los trabajadores.

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¿Cómo funciona el arrendamiento financiero? https://www.gonzalezchevez.com/en/como-funciona-el-arrendamiento-financiero/ Fri, 23 May 2025 23:05:14 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6611 En ocasiones, empresas adquieren bienes mediante contratos de arrendamiento. Pero ¿sabías que no basta con llamar a un contrato “arrendamiento puro” para que fiscalmente se trate como tal?
La forma legal no debe estar por encima de la sustancia económica. Simular puede traer consecuencias.

Bajo la NIF D-5, si el arrendatario tiene opción de comprar el bien arrendado a un precio inferior a su valor de mercado o si el plazo del arrendamiento cubre la mayor parte de la vida útil del activo, se trata de un arrendamiento financiero, no operativo.

¿Qué implica esto?
Que contablemente, el arrendatario reconoce un activo por derecho de uso y un pasivo por arrendamiento, como si fuera una compra financiada.

Ahora bien, fiscalmente, el tratamiento también es distinto:

  • El arrendamiento financiero se deduce como una inversión y se deprecia conforme al artículo 38 de la LISR.
  • El arrendamiento operativo (o puro) se deduce como gasto.

Además, el artículo 27, fracción IV de la LISR establece que la deducción solo es válida si hay un registro contable adecuado.

¿Dónde está el problema?

Algunas empresas intentan acelerar la deducción presentando un arrendamiento financiero como si fuera puro:

  • Separan el contrato de arrendamiento del de compra
  • Fijan un precio simbólico al final del contrato
  • Omiten registrar contablemente el activo y el pasivo

Pero tarde o temprano, el SAT puede revisar y recaracterizar la operación, desconociendo la deducción, incluso si el contrato ya terminó.

El fondo económico siempre debe prevalecer sobre la forma legal.
Si el arrendamiento realmente es financiero, debe reconocerse y deducirse como tal. Simular operaciones para efectos fiscales puede generar riesgos innecesarios y contingencias futuras.

Revisa tus contratos, identifica correctamente el tipo de arrendamiento y asegúrate de documentarlo y registrarlo adecuadamente.

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¿Cómo se calcula la PTU en 2025? https://www.gonzalezchevez.com/en/como-se-calcula-la-ptu-en-2025/ Thu, 08 May 2025 17:57:09 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6604 La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo con su declaración fiscal.

El pago correcto y oportuno de la PTU genera certeza respecto a la obligación laboral, contable y fiscal en las empresas.

Fecha límite de pago
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (artículo 122):

  • Personas morales ➔ deben pagar la PTU a más tardar el 30 de mayo.
  • Personas físicas ➔ deben pagarla a más tardar el 29 de junio.

Comisión Mixta de PTU:
Las empresas deben conformar una comisión mixta integrada por representantes de los trabajadores y del patrón, encargada de:

  • Recibir copia de la declaración anual presentada ante el SAT.
  • Verificar el cálculo correcto de la renta gravable base de la PTU.
  • Aclarar a los trabajadores cualquier duda relacionada con la determinación del monto a repartir.

Correcto registro contable:
De acuerdo con la NIF D-3 “Beneficios a los empleados”, la PTU causada debe reconocerse como pasivo a corto plazo en el periodo en que los trabajadores adquieren el derecho a recibirla, afectando el estado de resultados del ejercicio correspondiente.

Cálculo y límites conforme a la LFT:
Desde la reforma laboral, la PTU que debe pagarse a cada trabajador con el límite de:

  • El importe de tres meses de su salario ordinario, o
  • El promedio de la PTU recibida en los últimos tres años.

Este límite busca equilibrar el beneficio de los trabajadores con la estabilidad operativa de las empresas.

📌 Importante considerar:

  • La PTU solo es disminuible de la base gravable de Impuesto Sobre la Renta (ISR) en el ejercicio en que efectivamente se paga (Fundamento: Ley del ISR).
  • El monto pagado debe estar debidamente documentado y conciliado con las cifras contables y fiscales reportadas.
  • ¿Sabías que: Existe un Reglamento del Artículo 121 y 122 de la Ley Federal de Trabajo el cual tiene por objeto regular el procedimiento relativo a las objeciones de los trabajadores a la declaración anual del Impuesto sobre la Renta (ISR) y sus anexos, para efectos de la determinación del a Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) ? Considéralo.

Un manejo correcto de la PTU —considerando su determinación, límites legales, registro contable y fecha de pago— fortalece la cultura de cumplimiento en tu empresa, protege ante contingencias laborales y fiscales, y promueve un ambiente de equidad y responsabilidad.

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¿Qué gastos personales son deducibles? Declaración anual 2024 Personas Físicas https://www.gonzalezchevez.com/en/que-gastos-personales-son-deducibles-declaracion-anual-2024-personas-fisicas/ Thu, 10 Apr 2025 00:58:39 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6541 Presentar la declaración anual es una oportunidad para las personas físicas de informar los gastos personales deducibles, lo que sirve para disminuir la base gravable para calcular el pago del ISR y puede derivar en saldos a favor, es decir, que el fisco les devuelva dinero.

Ley del Impuesto Sobre la Renta
Artículo 151. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

  • Honorarios médicos, dentales, y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición, así como gastos hospitalarios.
  • Gastos funerales
  • Intereses reales pagados por créditos hipotecarios
  • Donativos no onerosos ni remunerativos
  • Aportaciones a la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro
  • Colegiaturas
  • Gastos de transportación escolar
  • Primas de seguros de gastos médicos

Para poder obtener un saldo a favor y que la Autoridad devuelva el monto determinado, se deben tomar en cuenta los lineamientos aplicables y no solo confiar en la información que precarga el portal.
En González Chévez te ayudamos a aclarar tus dudas sobre el tema y realizar tu declaración anual 2024 en tiempo y forma.

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Estrategias fiscales para pymes: Optimiza tu carga fiscal https://www.gonzalezchevez.com/en/estrategias-fiscales-para-pymes-optimiza-tu-carga-fiscal/ Thu, 10 Apr 2025 00:52:26 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6537 Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) son fundamentales para la economía de cualquier país. Sin embargo, muchas veces enfrentan desafíos en términos de gestión financiera, incluyendo una carga fiscal elevada.

Si bien el cumplimiento de las obligaciones tributarias es esencial, también existen diversas estrategias fiscales que las PYMES pueden implementar, exploraremos algunas de estas estrategias.


Las deducciones fiscales son una de las herramientas más efectivas para reducir la base imponible sobre la que se calcula el impuesto. A través de las deducciones, las PYMES pueden disminuir su carga tributaria al reducir los ingresos que se consideran para el pago de impuestos. Existen varias deducciones que las empresas pueden considerar, tales como:

  • Gastos de operación: Los gastos relacionados con la producción, el alquiler, los salarios y otros costos operativos son generalmente deducibles. Las PYMES deben asegurarse de que todas las facturas y recibos estén
    correctamente emitidos, registrados y verificar que las contribuciones pagadas coincidan con dichos registros.
  • Inversiones en activos fijos: La compra de bienes de capital, como maquinaria o equipo, puede ser deducida, de acuerdo con su vida útil; que generalmente abarca varios ejercicios Es fundamental planificar bien las inversiones para aprovechar al máximo las deducciones.
  • Gastos en investigación y desarrollo: En nuestro país, las PYMES que invierten en innovación y desarrollo pueden acceder a estímulos fiscales. Este tipo de gastos no solo pueden reducir la carga fiscal, sino que también permiten a las empresas ser más competitivas.
  • Intereses y financiamiento: Los pagos de intereses por préstamos utilizados para los fines del negocio pueden ser deducidos, lo que ayuda a reducir la base imponible.

Beneficios de una buena planeación tributaria

La planeación tributaria es la clave para optimizar la carga fiscal de una PYME. A través de un enfoque estratégico, las empresas pueden estructurar sus operaciones y transacciones de manera que se minimicen sus impuestos de forma legal y eficiente. Algunas de las tácticas que se pueden utilizar incluyen:

  • Estrategias de diferimiento de impuestos: Las PYMES pueden diferir el pago de ciertos impuestos al planificar la distribución de sus ingresos o gastos en años fiscales posteriores. Esto puede ser útil para mejorar el flujo de caja en el corto plazo.
  • Estructuración adecuada de los ingresos: Al comprender las diferentes tasas impositivas aplicables a diversos tipos de ingresos (por ejemplo, ingresos por ventas versus ingresos por dividendos), las PYMES pueden estructurar sus transacciones de manera que se minimice la carga tributaria.
  • Uso de beneficios fiscales específicos para PYMES: Muchos países ofrecen incentivos fiscales a las PYMES, como exenciones de impuestos o tasas impositivas más bajas. Es esencial que las empresas conozcan estos beneficios y se aseguren de cumplir con los requisitos necesarios para aprovecharlos.
  • Planeación internacional: Para las PYMES que operan en varios países, la planeación tributaria internacional se vuelve crucial. La optimización de la carga fiscal se puede lograr mediante la estructuración adecuada de las filiales, el uso de acuerdos para evitar la doble tributación, y la elección de las jurisdicciones con mejores condiciones fiscales.

La optimización de la carga fiscal es un aspecto clave para mejorar la rentabilidad de las PYMES y garantizar su sostenibilidad en el largo plazo. Aprovechar las deducciones fiscales disponibles, implementar estrategias de planeación tributaria y contar con el apoyo de expertos en la materia son pasos fundamentales para lograrlo. Si eres dueño de una PYME, no subestimes la importancia de contar con un buen asesor fiscal que pueda guiarte en la toma de decisiones estratégicas que no solo ayuden al cumplimiento, sino que también potencien tu crecimiento
empresarial.
Si deseas obtener más información sobre cómo tu empresa puede beneficiarse de estas estrategias fiscales, no dudes en contactarnos, en Gonz´laez Chevez somos tus aliados de negocio.

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