González · Chevez https://www.gonzalezchevez.com/en Contadores Públicos | Consultores de Negocios Thu, 17 Apr 2025 23:23:11 +0000 en-US hourly 1 ¿Qué gastos personales son deducibles? Declaración anual 2024 Personas Físicas https://www.gonzalezchevez.com/en/que-gastos-personales-son-deducibles-declaracion-anual-2024-personas-fisicas/ Thu, 10 Apr 2025 00:58:39 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6541 Presentar la declaración anual es una oportunidad para las personas físicas de informar los gastos personales deducibles, lo que sirve para disminuir la base gravable para calcular el pago del ISR y puede derivar en saldos a favor, es decir, que el fisco les devuelva dinero.

Ley del Impuesto Sobre la Renta
Artículo 151. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

  • Honorarios médicos, dentales, y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición, así como gastos hospitalarios.
  • Gastos funerales
  • Intereses reales pagados por créditos hipotecarios
  • Donativos no onerosos ni remunerativos
  • Aportaciones a la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro
  • Colegiaturas
  • Gastos de transportación escolar
  • Primas de seguros de gastos médicos

Para poder obtener un saldo a favor y que la Autoridad devuelva el monto determinado, se deben tomar en cuenta los lineamientos aplicables y no solo confiar en la información que precarga el portal.
En González Chévez te ayudamos a aclarar tus dudas sobre el tema y realizar tu declaración anual 2024 en tiempo y forma.

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Estrategias fiscales para pymes: Optimiza tu carga fiscal https://www.gonzalezchevez.com/en/estrategias-fiscales-para-pymes-optimiza-tu-carga-fiscal/ Thu, 10 Apr 2025 00:52:26 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6537 Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) son fundamentales para la economía de cualquier país. Sin embargo, muchas veces enfrentan desafíos en términos de gestión financiera, incluyendo una carga fiscal elevada.

Si bien el cumplimiento de las obligaciones tributarias es esencial, también existen diversas estrategias fiscales que las PYMES pueden implementar, exploraremos algunas de estas estrategias.


Las deducciones fiscales son una de las herramientas más efectivas para reducir la base imponible sobre la que se calcula el impuesto. A través de las deducciones, las PYMES pueden disminuir su carga tributaria al reducir los ingresos que se consideran para el pago de impuestos. Existen varias deducciones que las empresas pueden considerar, tales como:

  • Gastos de operación: Los gastos relacionados con la producción, el alquiler, los salarios y otros costos operativos son generalmente deducibles. Las PYMES deben asegurarse de que todas las facturas y recibos estén
    correctamente emitidos, registrados y verificar que las contribuciones pagadas coincidan con dichos registros.
  • Inversiones en activos fijos: La compra de bienes de capital, como maquinaria o equipo, puede ser deducida, de acuerdo con su vida útil; que generalmente abarca varios ejercicios Es fundamental planificar bien las inversiones para aprovechar al máximo las deducciones.
  • Gastos en investigación y desarrollo: En nuestro país, las PYMES que invierten en innovación y desarrollo pueden acceder a estímulos fiscales. Este tipo de gastos no solo pueden reducir la carga fiscal, sino que también permiten a las empresas ser más competitivas.
  • Intereses y financiamiento: Los pagos de intereses por préstamos utilizados para los fines del negocio pueden ser deducidos, lo que ayuda a reducir la base imponible.

Beneficios de una buena planeación tributaria

La planeación tributaria es la clave para optimizar la carga fiscal de una PYME. A través de un enfoque estratégico, las empresas pueden estructurar sus operaciones y transacciones de manera que se minimicen sus impuestos de forma legal y eficiente. Algunas de las tácticas que se pueden utilizar incluyen:

  • Estrategias de diferimiento de impuestos: Las PYMES pueden diferir el pago de ciertos impuestos al planificar la distribución de sus ingresos o gastos en años fiscales posteriores. Esto puede ser útil para mejorar el flujo de caja en el corto plazo.
  • Estructuración adecuada de los ingresos: Al comprender las diferentes tasas impositivas aplicables a diversos tipos de ingresos (por ejemplo, ingresos por ventas versus ingresos por dividendos), las PYMES pueden estructurar sus transacciones de manera que se minimice la carga tributaria.
  • Uso de beneficios fiscales específicos para PYMES: Muchos países ofrecen incentivos fiscales a las PYMES, como exenciones de impuestos o tasas impositivas más bajas. Es esencial que las empresas conozcan estos beneficios y se aseguren de cumplir con los requisitos necesarios para aprovecharlos.
  • Planeación internacional: Para las PYMES que operan en varios países, la planeación tributaria internacional se vuelve crucial. La optimización de la carga fiscal se puede lograr mediante la estructuración adecuada de las filiales, el uso de acuerdos para evitar la doble tributación, y la elección de las jurisdicciones con mejores condiciones fiscales.

La optimización de la carga fiscal es un aspecto clave para mejorar la rentabilidad de las PYMES y garantizar su sostenibilidad en el largo plazo. Aprovechar las deducciones fiscales disponibles, implementar estrategias de planeación tributaria y contar con el apoyo de expertos en la materia son pasos fundamentales para lograrlo. Si eres dueño de una PYME, no subestimes la importancia de contar con un buen asesor fiscal que pueda guiarte en la toma de decisiones estratégicas que no solo ayuden al cumplimiento, sino que también potencien tu crecimiento
empresarial.
Si deseas obtener más información sobre cómo tu empresa puede beneficiarse de estas estrategias fiscales, no dudes en contactarnos, en Gonz´laez Chevez somos tus aliados de negocio.

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¿Recibiste una carta invitación? Notificaciones del SAT sobre el REPSE https://www.gonzalezchevez.com/en/recibiste-una-carta-invitacion-notificaciones-del-sat-sobre-el-repse/ Mon, 10 Mar 2025 18:08:10 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6487 En los últimos días, diversas empresas han recibido notificaciones por parte de la Autoridad Fiscal en relación con la subcontratación de servicios u obra especializada. Estas comunicaciones advierten sobre la importancia de verificar que los proveedores contratados estén debidamente inscritos y activos en el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE). De lo contrario, las operaciones realizadas no tendrán efectos fiscales en cuanto a deducciones o acreditamientos.

Contexto de la Notificación del SAT

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha identificado, a través de sus bases de datos institucionales, que algunas empresas han recibido Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por operaciones de subcontratación con proveedores cuyo registro en el REPSE ha sido cancelado. Ante esta situación, la autoridad exhorta a los contribuyentes a revisar dichas operaciones y, en caso necesario, corregir su situación fiscal.

El comunicado también menciona que, si bien la regularización aún puede considerarse espontánea, se recomienda presentar las declaraciones correspondientes a la brevedad mediante el servicio de “Declaraciones y Pagos” en el portal del SAT.

Consecuencias del Incumplimiento

El SAT fundamenta esta invitación en el Código Fiscal de la Federación (CFF) y advierte sobre las posibles sanciones en caso de omisión, que incluyen:

  • Actualizaciones y recargos por la falta de pago oportuno.
  • Multas por incumplimiento de obligaciones fiscales.
  • Restricción temporal del Certificado de Sello Digital, lo que impediría la emisión de CFDI.
  • Posible configuración de un delito de defraudación fiscal conforme a los artículos 108 y 109 del CFF.

Recomendaciones para las Empresas

Para evitar riesgos fiscales y asegurar el cumplimiento normativo, recomendamos:

  1. Verificar el Estatus del REPSE de los Proveedores: Antes de contratar servicios especializados, es crucial confirmar que el proveedor esté activo en el REPSE.
  2. Revisar los CFDI Recibidos: Corroborar que los comprobantes fiscales emitidos por los proveedores correspondan a operaciones válidas.
  3. Regularizar la Situación Fiscal: Si se han realizado operaciones con proveedores cuyo REPSE ha sido cancelado, se sugiere corregir la situación mediante la declaración correspondiente.
  4. Consultar a un Especialista Fiscal: Un asesor contable o fiscal puede ayudar a evaluar el impacto de estas notificaciones y definir la mejor estrategia para cumplir con las obligaciones fiscales.

El cumplimiento fiscal en materia de subcontratación es fundamental para evitar sanciones y garantizar la deducibilidad de gastos. Ante las recientes notificaciones del SAT, es recomendable que las empresas revisen su situación y tomen las medidas necesarias para cumplir con la normatividad vigente. La información y la prevención son clave para evitar problemas futuros y operar dentro del marco legal.

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¿Cuáles son los cambios en el Impuesto sobre Nóminas (ISN) para 2025? https://www.gonzalezchevez.com/en/cuales-son-los-cambios-en-el-impuesto-sobre-nominas-isn-para-2025/ Tue, 25 Feb 2025 19:08:38 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6482 El 27 de diciembre de 2024 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversos artículos del Código Fiscal de la Ciudad de México (CFCDMX) para el ejercicio 2025, en la cual se publicó un cambio al porcentaje del impuesto sobre nómina.

Esta reforma se buscó en un acuerdo con la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) y el gobierno de la ciudad de México para fortalecer el desarrollo económico. Gaceta Oficial de la Ciudad de México (No. 1515, Tomo I), 2025, de Consejería Jurídica y de Servicios Legales.


La reforma al artículo 158 del CFCDMX estableció que, “El Impuesto sobre Nóminas se determinará, aplicando la tasa del 4% sobre el monto total de las erogaciones realizadas por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado.” Lo cual representa un aumento del 1% a la tasa de ISN.

El gobierno de la Ciudad de México menciono que los ingresos adicionales, serán destinados a proyectos que buscan fortalecer aspectos como agua, seguridad y movilidad, asegurando beneficios tanto para las empresas como para la ciudadanía.

También se estipulo que se generaran beneficios fiscales específicos para micro y pequeñas empresas que cumplan con requisitos en específico (Establecidos por la secretaria de hacienda y crédito público). Estos beneficios se establecen en base al numero de trabajadores y de la siguiente forma:

  • Las microempresas podrán aplicar la reducción de 1% en la nueva tasa aplicable del ISN, por lo que únicamente pagarían una tasa del 3%.
  • Las pequeñas empresas podrán aplicar la reducción de 0.5% en la nueva tasa aplicable, por lo que únicamente pagarían una tasa del 3.5%.

Es importante que los contribuyentes apliquen de forma correcta las nuevas tarifas establecidas, así como comprender sus cálculos, obligaciones y posibles cambios para cumplir adecuadamente con las obligaciones fiscales por el gobierno de la Ciudad de México, con la finalidad de evitar sanciones por el incumplimiento de estas.
En González Chevez, contadores públicos podemos apoyarte para que tu empresa cumpla adecuadamente con todas sus obligaciones fiscales, estamos comprometidos en actualizarnos constantemente para poder dar la mejor asesoría para ti y tu empresa.

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Aumenta IEPS en gasolina, cigarros y refrescos para 2025 https://www.gonzalezchevez.com/en/aumenta-ieps-en-gasolina-cigarros-y-refrescos-para-2025/ Tue, 25 Feb 2025 19:00:39 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6478 A partir del 01 de enero de 2025 se incrementó un 4.5% el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, trayendo consigo un aumento en el precio de algunos productos en el país, tratándose principalmente de la gasolina, cigarros, refrescos y otras bebidas saborizadas, conforme a la publicación emitida en el Diario Oficial de la Federación el 27/12/2024. En este último se especifica el acuerdo sobre las modificaciones a la ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, respectivamente dentro del artículo 2° en su fracción primera, incisos D, C y G.

Teniendo dentro de las modificaciones los siguientes movimientos:

Precio de la gasolina y diésel 2025

  • Gasolina Magna: el IEPS se estableció en 6,45 pesos por litro, 28 centavos más que la última semana de 2024.
  • Gasolina Premium: el IEPS quedó en 5,45 pesos por litro, 24 centavos más.
  • Diésel: el IEPS para este combustible se estableció en 7,09 pesos por litro, 30 centavos más.

Aumento de IEPS en refrescos y cigarros

Este año, la cuota por litro aplicable para los refrescos y otras bebidas saborizadas es de 1,57 a 1,64 pesos por litro conforme al factor de actualización mencionado en el acuerdo emitido por la Secretaría de Hacienda.


Finalmente, la cuota para los tabacos labrados es de 0,6166 a 0,6445 pesos por cigarro, de acuerdo con lo señalado por la Secretaría de Hacienda para 2025. Así, una cajetilla de Marlboro Vista Artic de 20 cigarrillos que en 2023 costaba 83 pesos, costará unos 95 pesos el próximo año.

En González Chevez, contadores públicos tenemos el compromiso de mantenerte informado sobre las actualizaciones en materia de impuestos, sabemos que los cambios están en función del día a día así que es primordial compartirlo contigo.

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¿Cómo corregir CFDI de nómina 2024? https://www.gonzalezchevez.com/en/como-corregir-cfdi-de-nomina-2024/ Tue, 25 Feb 2025 17:41:19 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6475 La correcta emisión de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de nómina es fundamental para el cumplimiento fiscal de las empresas y la deducibilidad de los gastos de nómina en la declaración anual de persona morales. En caso de errores u omisiones en su llenado, la autoridad fiscal permite realizar correcciones bajo los lineamientos establecidos en la Miscelánea Fiscal 2025, basándose en el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y la Resolución Miscelánea Fiscal.

Según el Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF), los contribuyentes deben emitir CFDI por las operaciones realizadas, incluyendo la nómina, asegurando que cumplan con los requisitos fiscales establecidos. Si un CFDI de nómina emitido en 2024 presenta errores, es posible corregirlo siempre que el nuevo comprobante se emita a más tardar el 28 de febrero de 2025 y se cancelen los comprobantes originales que se sustituyen.

Por su parte, el Artículo 98 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece las obligaciones fiscales de las personas físicas, incluyendo la correcta emisión de comprobantes fiscales, mientras que el Artículo 99 de la misma ley obliga a los patrones a entregar CFDI de nómina correctos y oportunos a sus trabajadores para que dichos pagos sean deducibles.

Asimismo, la Regla 2.7.5.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2025 indica que el CFDI corregido se considerará parte del ejercicio fiscal 2024 siempre y cuando refleje la “fecha de pago” correspondiente al momento en que se efectuó el pago al trabajador.

La posibilidad de corregir los CFDI de nómina bajo estos lineamientos permite a los contribuyentes mantener su cumplimiento fiscal y asegurar la deducibilidad de la nómina. Al respetar los plazos y las condiciones establecidas en el CFF, la LISR y la RMF, las empresas pueden evitar problemas fiscales y garantizar la validez de sus registros contables.

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González Chevez contribuyendo al desarrollo académico y profesional de los contadores públicos del mañana https://www.gonzalezchevez.com/en/gonzalez-chevez-contribuyendo-al-desarrollo-academico-y-profesional-de-los-contadores-publicos-del-manana/ Wed, 22 Jan 2025 18:31:25 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6470 Nos llena de satisfacción anunciar que González Chevez ha sido aceptada por la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), la máxima casa de estudios, para impartir la asignatura empresarial: “Desarrollo de estrategias administrativo-contables para negocios en crecimiento”.

Este logro es un reflejo de nuestros más de 30 años de experiencia en consultoría de negocios y del  conocimiento empresarial que caracteriza a nuestra firma. Además, reafirma nuestro compromiso social con la formación y especialización de las futuras generaciones de contadores públicos.

La asignatura se integra al plan de estudios de la carrera de Contaduría y Administración de la FCA UNAM, contribuyendo al desarrollo académico y profesional de los líderes del mañana.

Nos enorgullece formar parte del selecto grupo de empresas líderes que colaboran en la formación de nuevos profesionales, junto a prestigiosas instituciones como las Big Four, IBM, IMCP, APPE, entre otras. A través de esta colaboración, reafirmamos nuestra misión de compartir experiencia y conocimiento para fortalecer la preparación de contadores y administradores altamente capacitados.

¡Felicidades a todo el equipo de González Chevez por este importante logro!

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Personas Físicas obligadas a presentar la Declaración Anual 2024 https://www.gonzalezchevez.com/en/personas-fisicas-obligadas-a-presentar-la-declaracion-anual-2024/ Thu, 16 Jan 2025 19:56:54 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6462 La declaración anual es una obligación para los contribuyentes ya que en está se hace una recopilación de sus ingresos, gastos del año con el fin de hacer un ultimo cálculo del ejercicio.

NORMATIVIDAD: Ley de Impuesto Sobre la Renta Titulo IV.- De las Personas Físicas.

Las personas físicas que estén en alguno de estos regimenes y cumplan con los requisitos son las obligadas a presentar su declaración del 2024 en el mes de abril.

Sueldos y salarios

  1. Personas que dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre
  2. Si tuvieron ingresos distintos de salarios.
  3. Si tuvieron más de dos patrones de forma simultánea.
  4. Si tuvieron patrón del extranjero o de personas que no están obligadas a retener.
  5. Si sus ingresos excedieron de 400 mil pesos.
  6. Servicios profesionales y Actividades empresariales.
    Régimen Simplificado de Confianza (quedan exentos de la declaración anual por la regla 3.13.7 RMISC 2024 4ta versión)
  7. Arrendamiento
  8. Intereses o dividendos
  9. Se presentará declaración anual si los intereses reales excedan de 100 mil pesos
  10. Enajenación de bienes y adquisición de bienes
  11. Prestamos, donativos y premios
  12. Se tendrá que informar en la declaración anual si obtuvieron un ingreso igual o superior a 600 mil pesos por alguno o en su conjunto de estos.

Herencia

  • Se tendrá que informar en la declaración anual si obtuvieron un ingresos igual o superior a 500 mil pesos.

Es importante identificar en que régimen se está tributando y si cumples con los requisitos mencionados con el fin de ver si se realmente se tiene que presentar la declaración anual, si se tiene la obligación es necesario hacer la declaración anual para que en un futuro no se tengan complicaciones.

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¿Estás obligado a presentar el Informe Sobre la Situación Fiscal ISSIF? 2025 https://www.gonzalezchevez.com/en/estas-obligado-a-presentar-el-informe-sobre-la-situacion-fiscal-issif-2025/ Thu, 16 Jan 2025 19:33:36 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6459 El Informe sobre la Situación Fiscal es una obligación establecida en el artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación, el cual debe ser elaborado y presentado conjuntamente con la declaración anual del contribuyente.

Con fecha 30 de diciembre de 2024, se publicó la Resolución Miscelánea para 2025, la cual entro en vigor el 1er de enero de 2025. Dentro de las modificaciones a las reglas se encuentra la actualización del monto establecido en el artículo 32-H, fracción I, para los contribuyentes obligados a presentar el ISSIF para el ejercicio 2024.

Los contribuyentes que están obligados a presentar dicho informe para el ejercicio 2024 son:

  1. Aquellos del régimen general de la Ley del Impuesto sobre la Renta y que en el último ejercicio fiscal (2024) hayan declarado ingresos acumulables iguales o superiores a un monto equivalente a $1,062,919,860.00[1] o que al cierre del ejercicio fiscal tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista.
  2. Aquellas sociedades mercantiles que pertenezcan al Régimen Opcional para Grupos de Sociedades.
  3. Entidades paraestatales de la Administración Pública Federal.
  4. Personas morales residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país.[2]
  5. Personas morales residentes en México que tengan operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero cuando el monto de dichas operaciones exceda el monto de $100,000,000.00.
  6. Contribuyentes que sean partes relacionadas de aquellos dictaminen sus estados financieros, cuando el monto de la operación realizada con dicha parte relacionada por actividad empresarial exceda los $13,000,000.00 o por prestación de servicios exceda los $3,000,000.00

El informe deberá ser presentado en conjunto con la declaración anual del ejercicio 2024.

En González Chevez nos interesa que estés al corriente con tus obligaciones fiscales, por ello te ayudamos a dar cumplimiento con esta obligación.


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Constribuciones locales 2025: Estos estados modificaron las tasas del Impuesto Sobre Nómina (ISN) https://www.gonzalezchevez.com/en/constribuciones-locales-2025-estos-estados-modificaron-las-tasas-del-impuesto-sobre-nomina-isn/ Tue, 14 Jan 2025 19:18:58 +0000 https://www.gonzalezchevez.com/?p=6453 Estos estados han publicado normativas sobre tasas ISN, que se utilizarán en las revisiones para el dictamen de contribuciones locales en 2025.

Las tasas de estos estados subieron
• Ciudad de México – 4%
• Zacatecas – 3.5%
• Tabasco – 3.5%
• Guerrero – 3%
• Morelos – 2.5%

Es importante señalar que las autoridades estatales pueden continuar modificando las contribuciones locales, por lo que se recomienda estar atentos a las legislaciones de los estados en los que se opera.

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